DISPOSITIVA
En atención a lo precedentemente expuesto, este Consejo de Guerra de Maturín, en funciones de Tribunal Militar de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud presentada por el Abogado PEDRO RAMÓN OLIVEROS FLORES, Defensor Privado, titular de la cédula de identidad Nro. V- V-4.718.812, e inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 23.887, la revisión de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano SARGENTO SEGUNDO JOSÉ JESÚS MARÍN, titular de la cedula de identidad, N° V-20.421.277, prevista en el artículo 242, numerales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente la establecida en el ordinal 3º...la Presentación cada quince (15) días ante este Órgano Jurisdiccional y ordinal 4º...La Prohibición de salir sin autorización de la Jurisdicción de este Tribunal. Notifíquese al solicitante de la decisión y prosíga.....