D I S P O S I T I V O
Con base en las razones de hecho y de derecho establecidas, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL CON SEDE EN LA FRIA ESTADO TACHIRA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CON LUGAR, la aprehensión en flagrancia prevista en el artículo 373 de la norma adjetiva Penal en contra del ciudadano JOSÉ ALFONSO GONZALEZ CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.413.880. Ha sido presuntamente el autor en la comisión del delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el último aparte del artículo 520 del Código Orgánico de Justicia Militar y NEGLIGENCIA, previsto en el artículo 538, ejusdem. SEGUNDO: SE ORDENA, la aplicación del procedimiento ordinario para la investigación de los hechos objeto de la presente Causa de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SIN LUGAR, la solicitud del Ministerio Público .....