DECISIÓN
En virtud de las anteriores consideraciones este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de REIVINDICACION, intentado por MIGUEL RAMON RAMIREZ SUAREZ, contra el ciudadano RICARDO JAVIER MARQUEZ MORA, en su propio nombre y contra la sociedad mercantil MATERIALES EL MARQUEZ C.A., todos identificados suficientemente en autos.