DISPOSITIVA:
Este Tribunal Militar Séptimo de Control de Barquisimeto, estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se impone al ciudadano S/2do. Omar Moises Roque Alvarado, titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.243.384, presuntamente incurso en la comisión del delito Militar de Deserción, previsto y sancionado en los art.s 523, 527 numeral 1º y 528, todos del C.O.J.M., medidas cautelares sustitutivas de privación de libertad, de conformidad con el art. 242 numerales 3, 4 y 9 del C.O.P.P., consistentes en: 1) Presentarse cada quince (15) días ante este Tribunal Militar. 2) Prohibición de salida del país, sin la autorización expresa de este Tribunal. 3) Mantener una conducta intachable y ejemplarizante, apegada a las normativas Constitucionales y Legales vigentes en la República Bolivariana de Venezuela. 4) Por cuanto el precitado tropa profesional se encuentra activo, deberá reincorporarse a su.....