DECLARO: improcedente la solicitud interpuesta por el ciudadano Sargento Mayor de Segunda JOSÉ ALFREDO ROJAS GUERRA, en su carácter de defensor público militar y en consecuencia NIEGA el sobreseimiento de la investigación seguida al ciudadano BEOMONTH SANTAELLA LUIGGI MIGUEL, titular de la cédula de identidad N° V-19.100.354, quien se encuentra involucrado en la presunta comisión del delito militar de USO INDEBIDO DE CONDECORACIONES, INSIGNIAS Y TÍTULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del texto adjetivo penal en coherencia con el artículo 108 numeral 7 eiusdem. Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión.