este Tribunal Militar Décimo de Control de Maracaibo, Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: Se declaran SIN LUGAR las solicitudes de Medidas Cautelares Sustitutivas, solicitadas por la defensa de los imputados en razón a que las razones por las cuales fueron privados de libertad sus patrocinados, hasta la presente fecha no han variado, a demás de estar pendiente por resolver en la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela, en función de Corte de Apelaciones, tres (03) recursos de apelación interpuestos por los representantes de los imputados ciudadanos SARGENTO SEGUNDO (RESERVA) EUDO MARIO JACOBO REYES, SARGENTO SEGUNDO (RESERVA) ALFREDO TORO TORRES y SLDDO. AQUILES GABRIEL RODRIGUEZ GOMEZ, y mal podría este Tribunal Militar pronunciarse al respecto. SEGUNDO: Se acuerda mantener la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos SARGENTO SEGUNDO (RESERVA) EUDO MARIO JACOBO REYES, S.....