Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SIFONTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÌVAR, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal del convenimiento de fecha 09 de mayo del año 2016, celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Domingo Sifontes del estado Bolívar, entre los ciudadanos Antonio Jiménez Gelvez y Eugris Adgar Tapia Poleo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme y en consecuencia, QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento, trascrito en la parte narrativa de esta decisión.
2.- Se ordena notificar mediante boleta a la Fiscalia Octava del Ministerio Público, con Competencia en Materia Integral de la Familia, El Niño y El Adolescentes de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial,.....