Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia condenatoria dictada por el Consejo de Guerra de Maracaibo en Funciones de Tribunal Militar de Juicio en contra de los penados SARGENTO SEGUNDO YORVIS ANTONIO AGUIRRE TERAN, titular de la cédula de identidad N° V- 19.414.394, y SARGENTO SEGUNDO MIGUEL DE JESUS PATIÑO LUBO, titular de la cédula de identidad N° V- 21.230.819, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE ARRESTO, por ser autores, culpables y responsables en la comisión el delito militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el Articulo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar, pena ésta que finalizaría legal y efectivament.....