Mediante Resolucion Nº: PJ0252024000049, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentado por el ciudadano: NOEL JOSE MONTES VALLEE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-4.080.815, debidamente asistido por la ciudadana: ANA JESSIKA BRAVO, Abogado en libre ejercicio e Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº133.565 y de este domicilio