Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión  intentada por  el ciudadano  RICARDO  MOREIRA OSTOS,  a través de su  apoderados  judiciales,  Abogados: Jerman Escalona, Berwin Manzanarez y Anais García, contra  la Empresa Mercantil  CONSOLIDADA DE INVERSIONES, C.A., representada  por    el ciudadano  CARLOS  BERECIARTU  ARGUELLES, a través de su  apoderado  judicial Carlos Eduardo Bereciartu Medicci, todos  identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE, en consecuencia, se condena a la empresa demandada al desalojo, del inmueble  constituido por un apartamento   ubicado en la Urbanización El Parque, Residencias El Sol, Torre A, Piso  12,  Apartamento  124,  de esta  ciudad de Barquisimeto en  Estado Lara, por lo que se le condena a entregarlo libre de personas y cosas y en el mismo buen estado en que lo recibió.--------------.....