En mérito de lo expuesto, este JUZGADO DECIMO (10º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION CON COMPETENCIA EN EL REGIMEN TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR CON SEDE EN PUERTO ORDAZ, visto que no tiene más nada que proveer Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara TERMINADA la presente causa, en consecuencia ordena el ARCHIVO DE LEY del presente expediente contentivo de solicitud de Oferta Real de Pago presentada por el ciudadano OMAR MORALES, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 1280, en representación de la entidad de trabajo INVERSIONES GALICIA, C.A., en beneficio del ciudadano JESUS R. CORDOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-8.454.275, por ante el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo del Segundo Circuito de la Circu.....