SUSPENDE la ejecución forzosa de la vivienda ubicada en la Urbanización Los Olivos, Calle Vaticano, Manzana Nº 33, Casa Nº 22, Parroquia Universidad, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar por un plazo de Ciento Ochenta Días (180) días hábiles en virtud de que en esta fase de ejecución, implica la terminación o cese sobre la posesión legitima del bien inmueble destinado a vivienda; en consecuencia de ello se ordena notificar a la parte demandada ciudadano CARLOS JOSE VELASQUEZ MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-8.884.818, de la presente ejecución a fines de que manifieste o no si tiene lugar donde habitar una vez efectuado el desalojo, remitiéndole copia certificada del presente auto de admisión y del libelo de demanda; asimismo se acuerda oficiar de conformidad con el artículo 13, numeral 2 ejusdem, a la DIRECCION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO BOLIVAR, a los fines de solicitarle a dicho organismo que dis.....