ABSUELVE a los ciudadanos GUSTAVO ALBERTO JUSTINIANI RUIZ, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.910.929 y GUSTAVO ANTONIO JUSTINIANI GOMEZ, Titular de la Cédula de Identidad, V-4.422.307, de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público por la presunta comisión del Delito Militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502, mas las agravantes establecidas en el artículo 402, Ordinales 1º, 16º y 18º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; quedando sin efectos las medidas cautelares otorgadas en fecha 10 de Noviembre del 2011, por el Tribunal Militar Decimo Quinto de Control