DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Douglas Escalona Dun en su carácter de Apoderado Judicial de la Asociación de Productores de Semillas Certificadas APROSCELLO, contra el auto decisión dictado en fecha 04 de febrero de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Pago de Honorarios Profesionales de abogados a favor de su representada. Queda así CONFIRMADO EL FALLO objeto de apelación.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, A LOS VEINTIDOS (22) DI.....