DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la demanda que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoaran los ciudadanos ARGENIS ANDERSON PEREZ PATIÑO y LUIS FELIPE ANDRADE LOZADA, en contra del ciudadano MARTHINO FERNANDO RODRIGUES PEREIRA LEAL, todos identificados en el encabezado del presente fallo.
Segundo: Como consecuencia del particular anterior, los Abogados ARGENIS ANDERSON PÉREZ PATIÑO y LUIS FELIPE ANDRADE LOZADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-18.094.724 y V-14.537.540, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 198.675 y 232.532, respectivamente, TIENEN DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES derivados de sus actuaciones .....