En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio con sede en San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de declinatoria de competencia hecha por el PRIMER TENIENTE JUAN PEDRO CARBONERO PEROZO, Fiscal Militar Quincuagésimo Cuarto con competencia nacional con sede en Acarigua Estado Portuguesa, en relación con la Causa No. CJPM-TM4J-005-18, en la cual aparecen como acusados los ciudadanos JOSÉ RAFAEL TERÁN BERBESÍ, titular de la Cédula de Identidad No. 17.261.286; por la presunta comisión de los delitos militares de Traición a la Patria, en grado de autor previsto en el articulo 464 numeral 26 y sancionado en el articulo 465 en concatenada relación con el articulo 389 numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar; Instigación a la Rebelión en grado de autor previsto en el articul.....