Se dictó sentencia definitiva declarando con lugar el divorcio fundado en el articulo 185-A intentado por Leonald Eulacio Odreman y Zuleydis Alcala, padres de: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de once años de edad, decretando la disolución del vinculo conyugal que los unía, Se fijo todo lo relativo a alimentos, Crianza y convivencia familiar de la hija.