Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el recurso contencioso Tributario interpuesto mediante escrito de fecha 26 de julio de 2010, por el Abogado David Elías Kabeche, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.506.184, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 107.458, representante judicial de la sociedad mercantil BANCO CARONÍ, C.A., BANCO UNIVERSAL, inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-09504855-1, contra Resolución (Recurso Jerárquico) Nº GRTI/RG/DJT/2010/081, de fecha 02 de junio de 2.010, emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Región Guayana.