¨" Este Tribunal Septimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECLARA HOMOLOGADA en todas y cada una de sus partes la TRANSACCIÓN presentada en la fecha 2 de Abril de 2007, por considerar que está ajustada a derecho, a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y10 de su Reglamento, en concordancia con los artículos 255 263 del Código de Procedimiento Civil y 89 de la Constitución de la República de Venezuela."