Por las razonamientos antes expuestos, éste TRIBUNAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA: EL Acuerdo Conciliatorio con respecto al adolescente: DATOS OMITIDOS, y se imponen las siguientes condiciones. 1) Residir en un lugar determinado cualquier cambio de dirección deberá informar al tribunal. 2) Obligación de mantenerse bajo el cuidado y vigilancia de su progenitora María Martínez. 3) Finalizar la escolaridad básica. 4) Deberá consignar al tribunal constancia de trabajo. 5) No consumir sustancias estupefacientes y Psicotrópicas ni bebidas alcohólicas. 5) No acercarse a la víctima ni por sì ni por interpuestas personas. Condiciones que debe cumplir por el lapso de 4 meses, venciendo el lapso el 17-05-07. Deben consignar constancia de estudio y constancia de trabajo. Es todo. Regístrese. Publíquese.
En Barquisimeto, a los veintidós (22) días del mes de enero del año 2007.