Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por los abogados ALEJANDRO QUINTERO POLANCO y LUIS MARTINEZ NAVARRO, en su condición de Defensores Privados de la ciudadana MARIA ISABEL PRADO quien funge como imputada en la causa Nº KJ01-X-2003-000098, contra la Jueza de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Penal del Estado Lara, Dra. BEATRIZ PEREZ SOLARES, de conformidad con la causal prevista en el artículo 86, numerales 7 y 8, del Código Orgánico Procesal Penal.