DECLARO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado EDWING JAVIER RODRIGUEZ OVALLES, en su carácter de Defensor Privado del Capitán JHON ALEXANDER CARREÑO PÉREZ, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua, de fecha 26 de septiembre de 2016 y publicada en fecha 29 de septiembre de 2016, mediante la cual declaró con lugar la solicitud hecha por parte del Ministerio Público Militar en cuanto a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del Capitán JHON ALEXANDER CARREÑO PÉREZ; fundamentado en los artículos 439 numeral 4 y 440, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida.