Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE DIFERENCIA DE BENEFICIOS LABORALES, incoada por el ciudadano JESUS ORLANDO BELLO ARDILA, mayor de edad, de nacionalidad colombiano e identificado con la Cédula de Identidad Nº E-81.543.540, en contra del ciudadano ENDER HUMBERTO ANDRESSEN LOZADA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.997.974; y
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.