Se dictó auto por el cual este Juzgado Militar Octavo de Control, fundamentó los pronunciamientos emitidos en Audiencia de Presentación conforme al artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, pasando a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: se declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Representante del Ministerio Publico Militar de declarar la flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario en la presente causa todo en virtud de lo establecido en los artículos 280 y 373 del COPP. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Publico Militar y la Defensa privada de Decretar Medidas Cautelar Sustitutiva de Libertad de las establecidas en el artículo 256 ordinal 3 del COPP a favor del ciudadano JORDAN ANTONIO RODRIGUEZ BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 15.955.906,, a quien la Fiscalía Militar le sigue causa penal por estar incurso en la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA N.....