DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y derecho expuesto, este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control con sede en La Fría, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: DECLINAR EL CONOCIMIENTO DE LA CAUSA Nº CJPM-TM13C-038-11 POR LA MATERIA en la Jurisdicción Penal Ordinaria del Estado Táchira, seguida contra el ciudadano DIOMAR ORTIZ ORTIZ, de nacionalidad Colombiana, titular de la Cédula de Ciudadanía N° 5.459.463, por la presunta comisión del delito de PORTE Y OCULTAMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277, en concordancia con el artículo 276 del Código Penal Venezolano y con los artículos 1,2,9 y 10 de la Ley de Armas y Explosivos, todo de conformidad con lo previsto en los artículo 19, 49 ordinal 4to y 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de los artículos 7, artículos 54, 55, 67 y 77, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el delito mate.....