D I S P O S I T I V A
Por todas las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Decreta: PRIMERO: De conformidad con el contenido de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD contra el ciudadano WARLUIS ESTIBEN RIVAS OROCHENA, cedula de identidad V.- 22.181.386, fecha de nacimiento 05/12/90, 20 años, grado de instrucción Bachiller, hijo de Isbelis Orochena, Esteban Rivas (+), domiciliado en San Jacinto Final de la calle 5, Quinta luiber, a 2 cuadras de la escuela Genaro Vásquez. (Actualmente recluido en Uribana en el Asunto P-2011-1392 Juicio N º3, presenta causa en el Tribunal de J/6 P-2010-10481, P-2009-10334 J/4), quien actualmente recluido en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (URIBANA) del Estado Lara, por la presunta comisión de.....