habiendo sido decretado el archivo de las actuaciones, por parte del Fiscal Militar Primero de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 314 y 315 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA el cese inmediato de la medida cautelar sustitutiva impuesta en fecha veintidós de junio de dos mil cuatro, a la ciudadana Ex -Guardia Nacional MARIA ANGELICA MEDINA GALINDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.229.053, por la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, y ordena asimismo el cese de la condición de imputado de la mencionada ciudadana.