Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: CON LUGAR El presente acto como acto formal de imputación de conformidad a lo establecido en el artículo 126 del Código Orgánico del Proceso Penal. SEGUNDO: SIN LUGAR la calificación de FLAGRANCIA, por considerar que no se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: DECRETA CON LUGAR, la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública Militar, a favor del Ciudadano RONALD RAMON ORTUÑEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 26.129.422, por la presunta comisión de los delitos militares de ATAQUE AL CENTINELA Previsto y sancionado en el articulo 501 numeral 1º en calidad de Autor,.....