este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la pretensión de NULIDAD DE ASAMBLEA interpuesta por el ciudadano CARLOS RAFAEL RIVAS RIVAS, contra los ciudadanos GIOVANNY JOSE RIVAS RIVAS y HERMES AGUSTIN VELIZ, todos plenamente identificados.