DECIDEN: PRIMERO: Se declara al acusado ciudadano TENIENTE DE FRAGATA JOSÉ LUIS ESTELA MUJICA, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.743.879, ampliamente identificado en autos NO CULPABLE, de la comisión de los delitos penales militares de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576, numeral 3º y ABUSO DE AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 509, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, imputados por la Fiscalía Militar ya que quienes aquí deciden consideran que el representante de la Fiscalía Militar no logró probar bajo ninguna circunstancia la comisión de tales hechos por parte del acusado por falta de actividad probatoria, por lo tanto se declara NO CULPABLE y en consecuencia SE ABSUELVE de toda responsabilidad penal por los delitos militares de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576, numeral 3º y ABUSO DE AUTORIDAD; SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria de NO CULPABILIDAD Penal e.....