DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano EMIRO ANTONIO CASTILLO CHIRINOS, titular de la cédula de identidad N° 20.925.999, por la comisión del delito de Aprovechamiento de vehiculo proveniente de robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Robo y Hurto De Vehículos automotores, a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISION; SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO: Se exonera a la parte perdedora del pago de costas procesales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad del sistema de justicia venezolano.
Regístrese, P.....