Este Juzgado Octavo en función de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: REVOCA la medida cautelar sustitutiva de la privación de libertad impuesta al ciudadano ALFREDO JESUS RICO BOLIVAR, conforme al artículo 256 ordinales 3°, 4º, 6° y 7º del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 20 de Julio de 2.006; ello conforme al artículo 262 ordinal 1° Ejúsdem.-
SEGUNDO: ACUERDA LIBRAR ORDEN JUDICIAL DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ALFREDO JESÚS RICO BOLÍVAR, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, donde nació en fecha 31/12/1952, de 55 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, grado instrucción Segundo año, hijo de SILVINA BOLÍVAR (v) y de HERISTAQUIO RICO (f), residenciado en final de la Avenida Bogota, El Cementerio, casa numero 9, .....