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DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la acción de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA interpuesta por la ciudadana MARIA OLIVIA COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.406.575 y de este domicilio, contra los ciudadanos FELIX EDUARDO VALLES COLMENAREZ y SEXIMAR MARYELIS VALLES COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 20.670.303 y V- 23.488.120, respectivamente y los Herederos desconocidos del Ciudadano SERVELIOM VALLES (De cujus); SEGUNDO: En consecuencia al particular primero, se declara el Reconocimiento de Unión Concubinaria de los ciudadanos MARIA OLIVIA COLMENAREZ y SERVELIOM VALLES, pl.....