DISPOSITIVA.
En virtud a los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Quinto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, realiza los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria Definitivamente Firme de fecha CUATRO (04) DE ABRIL DEL AÑO 2017, dictada por el Tribunal Militar Décimo Sexto de Control, con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, donde condenó al penado ANTHONY JOSE PERDOMO HEREDIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.146.228, domiciliado en el Barrio Ezequiel Zamora, Calle el Milagro, casa s/n, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, teléfonos 0426-281.43.37, condenado a cumplir una pena de NUEVE (09) MESES DE PRISION, más la pena accesoria de ley establecidas en el artículo 407, numeral 1, a saber: 1. "INHABILITACIÓN PO.....