PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Fiscalía Militar 15 de Valencia en su oportunidad legal en contra del ciudadano: SARGENTO SEGUNDO KEVIN GREGORIO JARAMILLO SANDOVAL, titular de la cedula de identidad Nº V-22.960.513, por el delito militar de DESERCIÓN previsto en los artículos 523, 527 numeral 1° y sancionado en el artículo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS ofrecidas por la Fiscalía Militar Decima Quinta de Valencia en su oportunidad legal, por consideralas lícitas, pertinentes y necesarias para un debate oral y público. TERCERO: ya que están llenos los extremos del Articulo 308 del Código orgánico Procesal Penal. En este estado del proceso se le impuso al ciudadano acusado de auto Del precepto constitucional, conforme a lo establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Carta Magna, informándoles de modo separado en relación al contenido y alcance de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso,.....