PRIMERO: El obligado ciudadano JESÚS ALDEMAR TORRES CONSUEGRA, ofreció a favor de su hijo, (Se omite de conformidad con el articulo 65 de la L.O.P.N.N.A), un monto de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), en forma mensual, los cuales serán depositados en una cuenta de la Entidad Bancaria del Banco Bicentenario que indicara la madre, esto aumentara en base a dicha cantidad de dinero en un veinte por ciento (20%) en forma anual
SEGUNDO: La solicitante ciudadana IRIS MARGARITA ROJAS ROJAS, se compromete en aportar el cincuenta por ciento (50%) mas, para los gastos que se generen por salud, escolaridad y mes de Diciembre, igualmente, manifestó estar conforme con el ofrecimiento realizado por el padre de su hijo en todos y cada unos de sus conceptos.
Téngase como Sentencia firme y fuerza ejecutiva. Expídanse copias certificadas a las partes interesadas. Cúmplase.