En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.	CON LUGAR la demanda por  RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por ANAIDA VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.300.567 CONTRA  SILENE ISBEHTT SALAS TERÁN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio,   titular de la Cédula de Identidad N° 10.035.717.
2.	SE ORDENA al demandado entregar el inmueble ubicado en la Avenida Lara, Residencias Roca Tower, Torre A, apartamento A-12, de esta ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, desocupado de personas y cosas. 
3.	SE ORDENA a la demandada el pago por indemnización de daños y perjuicios, en la cantidad de CINCO MILLONES (Bs. 5.000.000,00)  por los cánones insolutos correspondientes a los meses de enero y febrero de 2007 más la cantidad de DOS MILLONES Q.....