DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados HUGO CONTRERAS MOLINA y JESUS ORESTERES MOLINA VELAZCO, en su carácter de defensores privados del ciudadano GUSTAVO MONBRUN IZAGUIRRE, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias con sede en Caracas, en fecha 14 de marzo 2017, que declaró improcedente la solicitud del beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena todo conforme a lo establecido en el artículo 471 numeral 1, en concordada relación con los artículos 482, 488 y 506, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a su representado en la cual resultó condenado por la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE FONDOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, en grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º, en concordada relación con los artículos 389 en su ordinal 1º y 390 en su ordinal 3º y las agravantes establecidas en el artículo 402 ordina.....