PRIMERO: Conforme el artículo 302 y 303 del C.O.P.P se declara sin lugar la solicitud de sobreseimiento en beneficio de los ciudadanos Ramón Abrahán Morales Peña, titular de la C.I N° V- 7.434.477 y Gabriel Ángel Delgado Arambulet, titular de la C.I N° V- 22.103.550, solicitada por la Defensa Privada. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 313 numeral 2 del C.O.P.P se admite la acusación, presentada por el Fiscal Militar Quincuagésimo Cuarto, contra los ciudadanos Ramón Abrahán Morales Peña, titular de la C.I N° V- 7.434.477 y Gabriel Ángel Delgado Arambulet, titular de la C.I N° V- 22.103.550, por la comisión de los delitos militares de Sustracción de Efectos Pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 y, Uso Indebido de Uniformes e Insignias Militares, previsto y sancionado en el artículo 566; en concordancia con los art 389 numeral 1 y 390 numeral 1, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. TERCERO: De conformidad con el artí.....