DISPOSITIVA
En Base a las Razones de Hecho y de Derecho Anteriormente Expuestas, Este Tribunal Segundo De Primera Instancia En Función De Control, Audiencias Y Medidas Con Competencia En Materia De Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Circuito Judicial Penal Del Estado Bolívar, Extensión Territorial Tumeremo, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por La Autoridad De La Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el Articulo 90 ordinales 5º, 6º y 13º de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, se acuerda imponer MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, a favor de la victima.
SEGUNDO: Se acuerda imponer DE UNA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR ADMISIÓN DE HECHOS previsto y sancionado en los artículos 43 y 375 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado GIL RODRIGUEZ MANUEL ANTONIO, arriba identificado, consistente en la asistencia al Equipo Multidisciplinario .....