DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR  la pretensión  intentada por  los ciudadanos CONSUELO MELENDEZ DE JIMENEZ, BELKIS MERCEDES MELENDEZ GARCIA y RAFAEL JOSE MELENDEZ ISEA,  representados por  los abogados: FRANYULY PASTORA SIERRA RODRIGUEZ y REYBER JOSE PIRE GUTIERREZ contra  el ciudadano JAIRO ANTONIO VALENCIA, todos  identificados en autos, por DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia,  se condena  al demandado  a  realizar la entrega del inmueble identificado como un local comercial distinguido con el N° 4  y un  garage anexo al mencionado local, ubicados ambos, en la planta baja del Edificio Pirital, en la carrera  29 con calle 37  de esta ciudad de Barquisimeto.---------------------------------------------------   
	Se condena a la parte demandada al pago de costos y costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme .....