Se ordenó la ejecución de la demanda, condenando a la parte demandada a pagar la suma de SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 6.000.0000,00), si es dinero efectivo, más los intereses moratorios, estimados a la rata legal del cinco por ciento (5%) anual, calculados desde la fecha de vencimiento de la letra de cambio y los que se sigan venciendo hasta el total pago definitivo de la obligación; más los costos y costas procesales estimadas en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,00) y se fijó un lapso de ocho (08) días de Despacho, contados a partir de que quede firme el fallo, a fin de que se verifique el cumplimiento voluntario y una vez vencido dicho lapso se procederá la ejecución forzosa.