Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO DECLARA SIN LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad y concesión de medida cautelar, a los ciudadanos MAYOR LUIS ARGENIS RODRÍGUEZ REINA, CAPITÁN RAMÓN ADELFO USECHE VIVAS, PRIMER TENIENTE GABRIEL DAVID YANEZ ARRÁEZ, SM3 LESTER ANTONIO BRACHO MALDONADO, SM3 MANUEL ANTONIO VILLARREAL MOLINA, S1 ÁLVARO JUNIO GRATEROL GODOY, y S2 LUIS ARMANDO TUBINEZ RAMIREZ presentada por el Abogado JOSE FLORENCIO CAMPOS ALVARADO, en la condición de defensor técnico de los acusados identificados, todo de conformidad a lo consagrado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en justa relación con los artículos 229, 230, 236 y 237 ejusdem. SEGUNDO: Se ratifica la medida de privación judicial preventiva de libertad de.....