DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA AL ESTADO DE ADMISION DE LAS PRUEBAS en la demanda intentada por el DEMANDANTE: YUSMARY ROSSANA VALENZUELA AGUERO, Abogada en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No: 119.638, con domicilio procesal Carrera 16, con calles 24 y 25, Centro Cívico Profesional, piso 01,Oficina 01, Barquisimeto, Estado Lara. En su Carácter de apoderada Judicial de los Ciudadanos: ATTILIO PAOLINI POLITO Y DIGNA ROSA VARGAS DE PAOLINI, Titulares de las Cedulas de Identidad Nos E- 571.449 y V-7.451.434, respectivamente. En contra de los ciudadanos JOSE EFRAIN JIMENEZ PARRA Y YELEZA DEL CARMEN PACHECO DE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-5.437.846 y V- 7.4560.980, Casados, domiciliados en la calle 9, e.....