Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal , decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo de Control con sede en la ciudad de Maracaibo en contra del penado ciudadano ST3 VICTOR JAVIER RODRÌGUEZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-16.787.607, a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES de prisión, por la comisión de Delito Militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1 y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, más las penas accesoria de ley señaladas en el artículo 407 numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: SE REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva de La detención domiciliar.....