DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ciudadana abogada MARIA CONSUELO CARPIO ARANGUREN, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Teniente Coronel (R) LUIS PEDRAZA DUARTE, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.668.958, actualmente recluido en Centro Nacional de Procesados Militares de Los Teques, estado Miranda, por la presunta comisión del delito militar de ESPIONAJE, previsto y sancionado en el artículo 471 ordinal 1° y 472, en concordada relación con el artículo 390 ordinal 1° todos del Código Orgánico de Justicia Militar, contra el auto de fecha veintinueve de noviembre de dos mil once, dictado por el Tribunal Militar Sexto de Control de Valencia estado Carabobo, en la causa seguida al Teniente Coronel (R) LUIS PEDRAZA DUARTE, en cuanto a los puntos de la apelación referidos a la no admisión de las pruebas promovidas por la defensa, y la solicitud de nulidad absoluta de las actuaciones; y SEGUNDO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN i.....