III
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE el Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres incoado por el ciudadano: YOSMEL RAFAEL ROMERO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.430.284, de este domicilio, en contra de la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE ALFONZO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.999.253, con domicilio en Brasil, y en consecuencia de ello queda , DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha tres (03) de mayo de 2013, por ante el Registro Civil Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo.....