PRIMERO: CON LUGAR los recursos de apelación ejercidos por la representación judicial de la parte demandante, ciudadano ALEJANDRO SABATINI PÁEZ, contra las sentencias interlocutorias Nos. 276 y 133, dictadas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fechas veintisiete (27) de octubre de dos mil veintitrés (2023) y dos (02) de julio de dos mil veinticuatro (2024).
SEGUNDO: Se REVOCAN las sentencias interlocutorias Nos. 276 y 133, dictadas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fechas veintisiete (27) de octubre de dos mil veintitrés (2023) y dos (02) de julio de dos mil veinticuatro (2024), en el sentido de declarar SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de ley de admitir la acción propuesta o cuando solo pe.....