Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 14ABR2011 por este Despacho, al ciudadano: SM3. FREDDY VALDEMAR MORA MONCADA, titular de la cédula de identidad Nº 14.784.271, ampliamente identificado, plaza de la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras Nro. 12 del Comando Regional Nro. 1, de la Guardia Nacional Bolivariana, por la comisión del delito militar de Desobediencia, previsto en el articulo 519 y sancionado en el ultimo aparte del articulo 520 del Código Orgánico de Justicia Militar.
SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, al acusado SM3. FREDDY VALDEMAR MORA MONCADA, titular de la cédula de identidad Nº 14.784.271, por la comisión del delito militar de.....