CON LUGAR la inhibición planteada por el abogado RENÉ ARTURO LÓPEZ, Juez Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial (extensión territorial Puerto Ordaz).
Expídanse copias certificadas de esta decisión y remítase una copia al juez inhibido, que lo es el Juez Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo ya antes mencionado.
Remítanse el expediente y los respectivos cuadernos de inhibición a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, a los efectos de su distribución entre los juzgados de juicio de la extensión territorial Puerto Ordaz, cuyos jueces no se hayan inhibido en este asunto.